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Declaración
de los representantes indígenas asistentes a la COP7 en Marrakech
Marruecos, 5 de noviembre de 2001
Los Pueblos Indígenas representamos,
aproximadamente, 350 millones de personas en el mundo. Para nuestros Pueblos
Indígenas que vivimos en los ecosistemas más frágiles y vulnerables del
mundo, la Madre Tierra es sagrada y se debe honrar, proteger y amar. Esta
relación particular nos permite conservar la diversidad biológica para la
vida de las generaciones presentes y futuras.
CAUCUS
DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y LAS COMUNIDADES LOCALES
Séptimo período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático
Marrakech, Reino de Marruecos
(29 de octubre - 9 de noviembre de 2001)
Nosotros,
los representantes de los Pueblos Indígenas y de las Comunidades Locales
presentes en la Séptima Conferencia de las Partes (CP7) en la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) y el Protocolo
de Kyoto (PK) que tiene lugar en Marrakech, Reino de Marruecos, tomando en
consideración nuestras Declaraciones de Lyon, La Haya y Bonn planteamos las
siguientes proposiciones sobre asuntos que conciernen, directamente, a
nuestros pueblos y comunidades:
1. Los Pueblos Indígenas representamos, aproximadamente, 350 millones de
personas en el mundo. Para nuestros Pueblos Indígenas que vivimos en los
ecosistemas más frágiles y vulnerables del mundo, la Madre Tierra es
sagrada y se debe honrar, proteger y amar. Esta relación particular nos
permite conservar la diversidad biológica para la vida de las generaciones
presentes y futuras. Nuestros territorios y los recursos, naturales y
espirituales, que ellos contienen son la base de nuestra existencia física
y cultural; es en nuestros territorios donde establecemos nuestra sagrada
relación con la Madre Tierra.
2. Diversos instrumentos de derecho internacional positivo y algunos
procesos normativos reconocen derechos colectivos, particulares y específicos,
de los Pueblos y las Comunidades Indígenas. Deberíamos ser beneficiarios
plenos de los derechos ya establecidos. A pesar de ser los guardianes de la
Madre Tierra, en la práctica se nos niegan nuestros derechos a recuperar,
administrar y desarrollar nuestros territorios y recursos naturales, además
se impiden, limitan y/o restringen nuestros derechos a conservar, recrear,
proyectar y trasmitir el conjunto de nuestros patrimonios culturales a las
generaciones futuras, constituyendo una grave violación a nuestro derecho a
existir como pueblos.
3. La interrelación de y entre la filosofía, los principios y las
disposiciones de los instrumentos internacionales nacidos, hace casi un
decenio, durante y después de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo y Medio
Ambiente (Río de Janeiro, 1992), para nosotros es indiscutible. Estos
instrumentos se elaboraron de conformidad con los nobles objetivos de la
Carta de las Naciones Unidas. Los nexos existentes entre la CMNUCC, la
Convención sobre la Diversidad Biológica, la Convención para Combatir la
Desertificación y los capítulos clave del Programa de Acción de la Cumbre
Mundial sobre Desarrollo y Medio Ambiente (Agenda 21), son importantísimos
para la mitigación de los efectos del cambio climático y el reconocimiento
de las disposiciones relacionadas con el respeto y la defensa de los
derechos, particulares y específicos, de los Pueblos Indígenas y de las
Comunidades Locales. La CP7 ofrece una oportunidad histórica para
implementar la mencionada interrelación.
4. Desafortunadamente, en su forma actual, tanto la CMNUCC como el PK no
consideran el carácter sagrado de la tierra ni los derechos, particulares y
específicos, de los Pueblos Indígenas. Además, ni las CPs ni las
reuniones de los órganos subsidiarios han incluido en sus agendas un punto
sobre los Pueblos Indígenas. Estas omisiones existen a pesar de que el
Tercer Informe de Evaluación del PICC (TAR-IPCC) señala que los Pueblos
Indígenas sufrimos directamente los efectos del cambio climático y que las
estrategias para la mitigación de dichos efectos podrían amenazar la vida
de nuestros pueblos y comunidades. La inclusión de los sumideros en el
Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) constituirá una peligrosa herramienta
de expropiación de nuestras tierras y territorios, culminando en una nueva
forma de colonialismo. Ningún mecanismo de desarrollo podría ser limpio,
desde nuestro punto de vista, si éste no garantiza los derechos de los
Pueblos Indígenas, incluyendo el derecho al libre consentimiento previo e
informado de las comunidades indígenas y locales, y el respeto a nuestras
culturas, prácticas, ciencias y conocimientos. No obstante lo anterior,
mantenemos nuestra decisión a seguir contribuyendo con nuestros saberes en
materia de conservación y manejo de la naturaleza para prevenir y mitigar
los efectos de los cambios climáticos.
5. Para remediar dicha situación, necesitamos en el organigrama de la
CMNUCC, un espacio y un estatuto adecuados. Visto, lo aquí planteado y lo
que hemos planteado y propuesto en las CPs anteriores, en nombre de nuestros
pueblos y comunidades, solicitamos que la CP7 :
a) Reconozca la particularidad y la especificidad de los Pueblos Indígenas
en relación con los cambios climáticos y otorgue a los Pueblos Indígenas
un estatuto especial.
b) Cree un Grupo de Trabajo Ad-hoc, abierto, intersesional sobre los Pueblos
Indígenas y las Comunidades Locales y los cambios climáticos cuyos
objetivos serán estudiar y proponer soluciones oportunas, eficaces y
adecuadas para responder a las urgentes situaciones, causadas por los
cambios climáticos, que afectan y enfrentan los Pueblos Indígenas y las
Comunidades Locales. Dicho grupo de trabajo proporcionará un adecuado
espacio para la necesaria participación plena y efectiva de los Pueblos Indígenas
y las Comunidades Locales en las discusiones, debates y programas de la
CMNUCC ; será también el espacio indicado para canalizar las
contribuciones de nuestros pueblos y comunidades para la mitigación de los
efectos de los cambios climáticos y para intercambiar puntos de vista y
experiencias con las Partes en la Convención.
c) Decida incluir, en el Informe de la CMNUCC para la Conferencia sobre
Desarrollo y Medio Ambiente (Río +10) solicitado por la Asamblea General de
las Naciones Unidas (Decisión A/55/199), la situación de los Pueblos Indígenas
como un criterio prioritario para la evaluación de los logros del
desarrollo sostenible, tomando debidamente en cuenta la Agenda 21 y, específicamente,
los Capítulos 26 y 20 sobre la participación de los Pueblos Indígenas y
las Comunidades Locales respectivamente.
d) Decida incluir en las agendas de las CPs y las reuniones de los órganos
subsidiarios un punto sobre los Pueblos Indígenas y las Comunidades Locales
y los Cambios Climáticos.
Documento aprobado en Marrakech el día lunes 5 de noviembre de 2001, por
los abajo firmantes.
Habaye Ag Mohamed Tin-Hinan- Mauritania
Raymond de Chavez Fundación TEBTEBBA - Philippines
Mario Ibarra Consejo Internacional de los Tratados Indios- Suiza
Héctor Huertas González Centro de Asistencia Legal Popular (CEALP)
Punto focal de las Organizaciones Indígenas de Mesoamérica sobre Cambio
Climático.- Panamá
Gueisa Duran Coordinadora de las Organizaciones Indígenas De la Cuenca Amazónica
(COICA)- Bolivia
Lucy Mulenkei Red de Información Indígena Organización de las Mujeres Indígenas
de África- Kenia
Meryam Demnati Asociación de Mujeres Indígenas- Marruecos
Tom B. K.Goldtooth Indigenous Environment Network (I E N) -USA
Mohamed Bouchdoug Asociación de Intercambio Cultural del Pueblo Amazighe
(AMREC)- Marruecos
adija Ridaoui Asociación de Intercambio Cultural del Pueblo Amazighe
(AMREC) - Marruecos
Fundación del Conocimiento Indígena – Panamá
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