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GUATEMALA
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Los impactos de la actividad camaronera en Champerico, Retalhuleu, Guatemala. Informe sobre la destrucción y contaminación del ecosistema de manglar realizado por las camaroneras Camarsa y Gracamsa en los esteros Espíndola, Ixtán, el Muerto, el Negro y Laguna Grande. (bajar aquí informe en formato word) Capítulo 1 Capítulo 2 Capítulo 3
Manglar versus camarón Sin embargo, a pesar de su reducido tamaño, el manglar juega un papel fundamental en la vida de los pobladores locales y en los ecosistemas aledaños. La falta de oportunidades de trabajo ha llevado a una gran cantidad de la población de Champerico a buscar su sustento en los recursos que le da el manglar, los esteros y lagunas. Los usos más comunes del manglar y sus ecosistemas son la extracción de leña, materiales de vivienda y, la más importante, la pesca. Se estima que cerca del 70 % de la población de Champerico se alimenta de la pesca de los esteros, lagunas y del mar. Hay cerca de dos mil pescadores que generan los recursos de vida para sus familias de esta actividad. El manglar es tan importante para ellos, que afectarlo supone afectar su última forma de sobrevivir. La actividad camaronera ha venido a perturbar a una gran mayoría de la población de Champerico. El manglar es escaso en el área y no produce suficiente para soportar la actividad extractiva de los pescadores artesanales y a la vez a la industria. El caso de Champerico demuestra que los ecosistemas son limitados en su producción de bienes, por lo que planificar su uso de forma racional es de extrema prioridad. Las empresas camaroneras menoscaban enormemente la capacidad de producción del ecosistema y, en la mayoría de las ocasiones, lo degrada de forma irremediable. Una sola empresa compite con los recursos que dan de vivir a toda una población. Con el paso de los años, las piscinas camaroneras se ahogan en su propia contaminación, por lo que son abandonadas y a su paso no queda más que un ecosistema destruido y unas comunidades locales empobrecidas hasta límites extremos.
Incumplimiento de la Licencia de acuicultura industrial El contrato entre el Estado y la empresa El 22 de septiembre de 1992, el Ministerio de Agricultura, a través del entonces viceministro, Carlos Gándara, firma un Contrato de Concesión de Licencia Especial de Acuicultura Industrial, mediante el cual autoriza a la empresa Camarones del Sur Sociedad .Anónima (Camarsa) para desarrollar programas de cultivo de peces, moluscos y crustáceos especialmente camarón (sic), en el área de Champerico (ver anexo 1). La licencia tiene una duración de 10 años, prorrogables por un periodo igual de tiempo, siempre que se haya cumplido con los requisitos establecidos en las leyes y reglamentos que rigen la actividad acuícola y se cuente con dictamen técnico favorable emitido por DIGESEPE. A la vez, el contrato advierte que la actividad se debe realizar sin perjudicar intereses de terceras personas. Dentro de las obligaciones contractuales a las que se compromete el representante legal de Camarsa están: 1) Acatar las disposiciones legales (...) sobre el cierre de barras que modifiquen o transformen el curso natural de las aguas dulces, salóbregas y saladas (cláusula tercera, numeral b). 2) Acatar las disposiciones legales vigentes, principalmente vedas y otras relacionadas con la protección y conservación de los recursos pesqueros (cláusula tercera, numeral f). Por su parte, el Ministerio de Agricultura adquiere el compromiso de supervisar en todo tiempo las actividades autorizadas al concesionario (cláusula quinta). En la cláusula octava, se establece que el contrato se dará por terminado en forma anticipada por incumplimiento de las obligaciones que en él adquiere el concesionario. Irregularidades desde el inicio En 1992 existían dos disposiciones legales que establecían claramente la obligación de realizar una evaluación de impacto ambiental previa al inicio de la actividad camaronera. La primera, vigente en la actualidad, es el Decreto Legislativo 68-86, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. La segunda era la anterior Ley Forestal, Decreto 70-89, y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo 961-90. La Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto Legislativo 68-86, establece en el artículo 8° que toda actividad que pueda producir deterioro en el ambiente debe contar con una evaluación de impacto ambiental, que ha de ser aprobada por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). Desde que en el 2001 se creó el Ministerio del Ambiente, la facultad de aprobar y supervisar estudios de impacto ambiental le corresponden a éste. Según se ha visto, antes de iniciar operaciones, Camarsa debería haber presentado el estudio de impacto ambiental para su aprobación. Sin embargo, la empresa no realizó este trámite. El incumplimiento de esta obligación legal es una razón suficiente para considerar que las operaciones de Camarsa son irregulares desde el principio. Por otra parte, en 1992 estaba vigente La Ley Forestal Decreto 70-89 y su Reglamento, aprobado mediante el Acuerdo Gubernativo 961-90. El Reglamento de la Ley Forestal de entonces establecía claramente, en su artículo 29, que cualquier actividad que se realizara dentro en los manglares debía contar con un estudio que demuestre que no va a dañar el manglar, aprobado por la Dirección General de Bosques y Vida Silvestre (DIGEBOS). En este caso, la existencia de la norma específica para el manglar despeja cualquier duda con respecto a si la actividad de Camarsa debía haber contado con estudio de impacto ambiental. Uno de los conflictos que salieron a la luz a principios de mayo del 2001 entre los pescadores artesanales de Champerico y Camarsa, es que aquellos aseguran que la empresa camaronera está contaminando los esteros y matando las especies que viven en ellos. La respuesta de Camarsa ante este señalamiento ha sido exigir que los pescadores comprueben la contaminación y asegurar que su actividad es limpia. Sin embargo, en este caso - debido a las dos leyes antes mencionadas- la actividad camaronera tiene la obligación de estudiar los impactos que va a causar, proponer medidas de mitigación y llevarlas a la práctica. En otras palabras, las leyes guatemaltecas presumen que una actividad de esta naturaleza produce daños al ambiente, por lo que Camarsa no tiene ninguna justificación para pedir que terceras personas demuestren la contaminación que produce. A pesar de lo anterior, Trópico Verde – ParksWatch Guatemala, junto con los pescadores artesanales, realizaron varias investigaciones en las que se pudo comprobar que existe contaminación de los esteros y un grave incumplimiento de las leyes ambientales del país. Los resultados de esta investigación se detallan más adelante. Incumplimiento del Contrato con el Estado Los recientes movimientos de protesta de los pobladores de Champerico en contra de la actividad camaronera demuestran que la industria está perjudicando los intereses de la comunidad. Las denuncias concretas se han centrado en la contaminación de los estero, la tala de manglar, el cambio de uso del suelo en dicho ecosistema, la disminución de los niveles de agua y el desecamiento de esteros, la colocación de barreras para impedir el paso de las mareas y la muerte de peces y crustáceos por la succión de las bombas. Además se presume que varias de las camaroneras que existen en la zona se han apropiado de terrenos del Estado, en los que han colocado vallas que impiden la circulación de los pobladores. Según las pruebas que presentamos más adelante en este documento, se puede acreditar que, al menos dos empresas camaroneras, Camarsa y Gracamsa, están incurriendo en las irregularidades que arriba se mencionan. Camarsa ha talado grandes cantidades de manglar y ha cambiado el uso del suelo en áreas con esta especie. Además, en periodos de sequía la succión de las bombas causa una disminución considerable de los niveles del agua de los esteros Espíndola e Ixtán, provocando la alteración del ecosistema. La contaminación del agua del estero Ixtán por hidrocarburos provenientes de las bombas se puede observar a simple vista. Por otra parte, en algunos lugares aún se pueden ver que las antiguas vallas que señalaban los límites de la camaronera han sido sustituidas por otras varios metros por delante, ganando terrenos en la playa y esteros. Por su parte, Gracamsa, que opera en los esteros el Muerto, el Negro y Laguna Grande, ha colocado inmensas dunas artificiales de arena que impiden el paso de las mareas, lo que, unido a la succión de las bombas que alimentan las piscinas de cría de camarón, ha provocado el grave desecamiento de grandes áreas de manglar. Además de esto, ha unido los esteros por medio de canales dragados entre ellos. Esta empresa también es sindicada de impedir el paso de los pescadores artesanales, y a ambas, Camarsa y Gracamsa, se les acusa de retención ilegal de personas y de confiscar artes de pesca y lanchas a los pescadores que transitan en los esteros. Es necesario realizar una investigación más profunda sobre la situación de Gracamsa, para establecer si cuenta con las autorizaciones pertinentes para realizar su actividad. Pero lo que es indudable es que la alteración del ecosistema de manglar la está realizando de forma ilegal, pues esto está prohibido por la actual Ley Forestal Decreto Legislativo 101-96. Con base en lo anteriormente expuesto en cuanto a Camarsa, se puede establecer sin lugar a dudas que la camaronera ha incumplido los términos del contrato con el Estado, al violar las dos prohibiciones expresas en la cláusula tercera numerales b y f, del mismo, que le obligan a cumplir con la legislación vigente. Dos de las normas que está violando son la Ley Forestal Decreto Legislativo 101-96 y la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente Decreto Legislativo 68-86. Este es un hecho más que suficiente para finalizar anticipadamente el contrato que esta empresa tiene con el Estado y para iniciar un juicio por violación de las leyes guatemaltecas. Con respecto a Gracamsa, la desecación de los esteros es motivo suficiente para iniciar los trámites administrativos para la revisión de su licencia, además de las acciones legales oportunas. La violación de la Ley La Ley Forestal La Ley Forestal vigente, Decreto Legislativo 101-96, declara de interés nacional la protección, conservación y restauración de los bosques de mangle de Guatemala, prohíbe el cambio del uso de la tierra en ese ecosistema (artículo 35) y la tala de árboles de especies protegidas (artículo 34). Además, establece la obligación de que el infractor repueble aquellas áreas que ha talado sin licencia, sin perjuicio de que se le impongan las sanciones que establece la ley (articulo 43). Bajo el marco de la ley, la tala de manglar, el cambio de uso del suelo y la alteración del ecosistema de manglar son delitos punibles. La misma ley establece las consideraciones que se tendrán en cuenta para determinar el daño material (artículo 90) y las penas que se impondrán por la tala de especies protegidas (como es el mangle), que incluyen una sanción económica solamente o prisión inconmutable y sanción económica, según el volumen de madera cortado. En las fotografías que se presentan a continuación se puede observar la tala que Camarsa ha realizado en los esteros Ixtán y Espíndola. Todas las fotos corresponden a talas realizadas en los últimos dos años. Estas evidencias son de tal magnitud que merecen una pronta actuación de las autoridades y el enjuiciamiento de los responsables. Un imperativo para terminar con estos delitos es la interposición de un interdicto que paralice la actividad camaronera, al menos de Gracamsa y Camarsa, de inmediato. La contaminación de las aguas de los esteros A finales del mes de mayo se dio una muerte masiva de peces en el estero Ixtán. A raíz de este evento, se tomaron dos muestras del agua del lugar para su análisis. Además, se realizó una investigación, la cual ha evidenciado que la contaminación de las aguas que está produciendo la actividad de Camarsa en los esteros Ixtán y Espíndola proviene de tres fuentes: 1) Contaminación por descarga de hidrocarburos provenientes de las bombas que se utilizan para elevar el agua de los esteros a las piscinas de cría de camarón. Este tipo de contaminación es altamente degradante del medio (Ver foto 7). 2) Contaminación por residuos orgánicos provenientes de los concentrados para la alimentación del camarón. La materia nutritiva contamina el agua debido a que, al tener excedente de alimento, los microorganismos se multiplican, con lo que el oxígeno se agota y el medio se hace inasequible para las formas de vida. Aunque Camarsa no es la única fuente de materia orgánica de los esteros, sí es la más importante debido al tamaño y la naturaleza de su actividad. 3) Posible contaminación por residuos químicos. Aunque sería necesaria más investigación al respecto, existen evidencias de que algunos de los productos que usa Camarsa, cal y fertilizantes, podrían estar contaminando los esteros. El análisis de las aguas (ver copia adjunta) reveló que había una contaminación de tipo cáustico que aumenta el PH y alcalinidad del agua. A la vez apunta la posibilidad de que la dureza del agua se deba a la presencia de un contaminante rico en calcio y magnesio. Estos resultados podrían estar aportando una evidencia de que la fuente de dicha contaminación sea la cal que se utiliza en las piscinas de camarón. Además se evidenció la contaminación de grupos con nitrógenos (amidas y aminas), que se producen por la descomposición de la materia orgánica. Hay que tener en cuenta que los residuos orgánicos de la actividad camaronera son muy altos y son echados a los esteros diariamente en proporciones de entre el 10 % y el 50 % del total de agua que contienen las piscinas. Por último, quedan varias interrogantes acerca de los efectos sobre el ambiente de la actividad camaronera. 1) Para el control de enfermedades de los crustáceos, Camarsa está empleando antibióticos tales como furazolidona (ver fotocopia adjunta). Hasta el momento se desconoce el impacto que ha causado el empleo de este u otro antibiótico. 2) La compañía camaronera está importando larvas de camarones de Colombia. En algunas ocasiones, cuando resulta muy costoso controlar las enfermedades, se han vaciado las piscinas con los crustáceos en los esteros. No ha sido posible establecer si se trata de una especie autóctona. Sin embargo, la liberación de especies exóticas al ecosistema es una actividad de alto riesgo ambiental. Además, los efectos para la fauna local de liberar especies enfermas a los esteros pueden ser muy peligrosos. Sólo la existencia de estos riesgos es motivo suficiente para detener la actividad camaronera de inmediato. 3) A pesar de que la actividad camaronera necesita fertilizantes, y de que se ha podido documentar verbalmente la utilización de químicos en las bordas de las piscinas, no se conocen los efectos de los mismos en las aguas de los esteros. La contaminación del agua con grupos aromáticos (anillos bencénicos), que se detectó en las muestras analizadas, podría provenir de los que se usan en Camarsa. 4) La succión de las bombas, además de desecar los esteros, acaba con la vida de especies que la población local usa para su alimentación. La búsqueda de soluciones de compromiso, como bombear directamente del mar y mezclar el agua salada con agua dulce de pozo, es muy compleja. Debido a las enormes cantidades que utiliza la actividad camaronera, con toda seguridad afectará a los acuíferos que utiliza la gente para beber. Impactos sociales Cientos de personas de Champerico han perdido su libre tránsito por los esteros y la playa, debido a la infraestructura camaronera que se ha establecido en la zona y ha ejercido una dura y estricta vigilancia, que se extiende a las zonas de mangle, a las aguas públicas de los esteros y a los playones, debido al temor de los cultivadores por el robo de sus productos. Uno de los efectos de esto es que las personas han visto obstaculizado, no sólo su acceso al mar y a los esteros, sino también a sus fuentes de energía – la leña de mangle-, alimento e ingresos. La oportunidad de encontrar una fuente digna de trabajo es muy limitada en Champerico. Las camaroneras apenas contratan a pobladores locales, y los sueldos que ofrecen están en algunos casos, como sucede con Camarsa, por debajo del salario mínimo para el sector. Esto ha llevado a unas dos mil personas de Champerico a buscarse la vida en la pesca artesanal en esteros, marismas y playones. El caso de las camaroneras en Champerico es una muestra, llevada al extremo, de la competencia de la industria y de pobladores locales por los mismos recursos. El ecosistema de manglar no produce suficiente para alimentar a la vez a gran parte de la población local y producir ganancias a la industria del camarón. De ahí los enfrentamientos, pues, para ponerlo en palabras de uno de los pescadores “esta no es una lucha de una empresa contra sus empleados, sino de un pueblo que se muere de hambre contra una industria que está matando el manglar, nuestra fuente de vida”. Seguridad para los camarones, inseguridad para el pueblo El miedo de las camaroneras a que les roben su producción las ha llevado a poner guardias de seguridad que, supuestamente, patrullan dentro de los límites de las instalaciones camaroneras. Sin embargo, son muchas las denuncias de los pescadores que aseguran que las patrullas no sólo se realizan dentro de la camaronera, sino también en los terrenos aledaños y en los esteros públicos. De hecho, uno de los principales detonantes de los disturbios de principios de mayo en Champerico fue que Camarsa había puesto a patrullar lanchas con motor dentro del estero Ixtán. Los pescadores habían perdido su derecho, no sólo a acercarse a las orillas de los esteros, sino también de circular y pescar por sus aguas. La camaronera, que reconoció este abuso en las negociaciones que se llevaron a cabo en la Procuraduría de los Derechos Humanos de Retalhuleu (ver acta adjunta), retiraron las patrullas raíz de los incidentes. Las denuncias hechas por los pescadores durante las tres sesiones de negociaciones de Retalhuleu eran alarmantes: retención ilegal de los pescadores que se acercaban a las orillas de los esteros, decomiso de artes de pesca y lanchas, amenazas con arma de fuego a las personas que se acercaban a pocos metros de los límites de la propiedad de la industria, heridos por armas de fuego disparadas por los servicios de seguridad, e incluso desaparición de personas. Es destacable que ninguno de estos casos fue denunciado debido al miedo de la población a recibir represalias. Los hechos denunciados por los pescadores no se circunscribieron únicamente a Camarsa, sino a otras industrias camaroneras del lugar. Durante la primera semana de junio del 2001, un pescador que estaba en uno de los esteros que utiliza Gracamsa fue detenido por los agentes de seguridad de la compañía y se le decomisaron las redes que llevaba. Independientemente de que, efectivamente, existan robos en las piscinas camaroneras, el abuso al que está sometida la población de Champerico por parte de las fuerzas privadas de seguridad de la industria es descomunal. Límites privados que crecen Champerico es uno de los pocos lugares de Guatemala en donde existen playas privadas. Camarsa ha utilizado este argumento para justificar que los límites de su propiedad llegan hasta la orilla de la playa, y abarcan los manglares de los esteros y parte de sus aguas. Durante las ruedas de negociaciones en Retalhuleu, la firma de abogados Carrillo y Asociados, asesores de Camarsa, hicieron una exposición legal sobre los motivos por los que el caso de Camarsa era una excepción a la Ley. Sin embargo, dejaron algunos puntos oscuros en su exposición. 1) La finca original fue desmembrada en varias fincas más, una de las cuales es la propiedad actual de Camarsa. ¿Se replica hasta el infinito la excepción a la Ley, o la desmembración debería haberse hecho descontando los límites territoriales del Estado? 2) El mar se ha ido retirando con el paso del tiempo. A pesar de que la escritura de Camarsa tiene un área determinada, la finca ha ido creciendo hacia el médano, conforme el mar se retiraba. ¿Prevalece la medición exacta de la finca, o la descripción física del límite hacia el mar? Estas preguntas siguen sin tener una respuesta convincente para los habitantes de Champerico, motivo por el cual se está pidiendo que se aclare cuáles son las tierras del Estado en el límite municipal. El problema con los límites de propiedad no es exclusivo de Camarsa sino, al menos otra camaronera, Gracamsa, está utilizando terrenos en esteros y en la playa. La actuación de los funcionarios del Estado Varias son las instituciones del Estado que tendrían que haber actuado antes de que se dieran los problemas de Champerico: El Ministerio de Agricultura, que tenía la obligación de revisar que Camarsa (y presuntamente todas las demás camaroneras que tienen licencia de acuicultura industrial) cumpliera con las obligaciones del contrato firmado desde 1992. Desde esa fecha hasta el presente, o no hubo ninguna revisión, o los funcionarios del Ministerio incumplieron su obligación. El dictamen que los pescadores pidieron al Ministerio de Agricultura sobre la actividad de Camarsa fue favorable a la empresa, sin mediar siquiera una inspección ocular a las instalaciones. En un caso de increíble incompetencia el dictamen asegura haberse reunido con el representante de Camarsa, Ricardo Ortiz, persona que hace más de dos años no trabaja en la empresa, por lo que no pudo mostrar ninguna intención al respecto de la empresa (ver dictamen adjunto). Lo mínimo que se tendría que haber hecho era una visita al lugar, para comprobar que la empresa estaba cumpliendo con sus obligaciones legales y contractuales. Sin embargo nada se hizo. Una interrogante surge. ¿Por qué este dictamen da la razón a Camarsa de manera irresponsable? Recordemos que hay presunta violación de la Ley forestal y otras. El Ministerio, a través del viceministro, Ricardo Santa Cruz, hizo prevalecer el interés particular sobre el general sin siquiera hacer una mínima revisión del caso. Además, miente gravemente. La actuación del Viceministro Santa Cruz fue uno de los principales detonantes de la toma de la carretera Panamericana por parte de los pobladores de Champerico el día 24 de mayo pasado. El Instituto Nacional de Bosques, que tendría que haber velado porque se cumpliera la Ley Forestal. Aunque no medió denuncia, los funcionarios del INAB deberían haber iniciado una investigación desde el momento en que el problema de la tala de manglar fue denunciado en los medios de comunicación, a saber el 11 de junio en Prensa Libre, página 34. Sin embargo, hasta la fecha de redacción de este informe el Instituto no ha cumplido sus funciones. El Ministerio del Ambiente, que al igual que el INAB debía haber actuado de oficio desde el momento en que se publicó en los medios de comunicación que los disturbios en Champerico eran debidos a la contaminación de las aguas, al trabajo de las bombas y a la tala de manglares. El día 24 de junio, integrantes de Trópico Verde – ParksWatch Guatemala hablaron personalmente con el Sr. Alin de la Cruz, del Ministerio del Ambiente, para pedir la intervención de dicha institución en el conflicto de Champerico. A pesar de que el señor de la Cruz aseguró que al día siguiente un funcionario del Ministerio se pondría en contacto con los responsables de Trópico Verde para conocer mejor el caso, no hubo ninguna respuesta o actuación posterior a dicha llamada.
La camaronicultura en entredicho El caso que se ha presentado a lo largo del presente informe no es más que uno entre muchos de los que se están dando en Guatemala, en el que comunidades locales se ven afectadas por una actividad industrial que les quita los recursos para sobrevivir. Es más, es posible afirmar que el cultivo de camarón que realiza Camarsa no es el más “sucio” que se da en el país. Existen otros casos en los que, además de todos los impactos ambientales y sociales denunciados más arriba, se está dando una devastación alarmante de la fauna marina, mediante la captura en los esteros de postlarvas de camarón. Tal es el caso de las camaroneras que están en el Canal de las Lisas, casi frontera con el Salvador. Los impactos al ambiente y a las comunidades producidos por la camaronicultura son altos, y, como hemos visto en este informe, de alto costo para una población empobrecida, que tiene en el manglar el único recurso para sobrevivir. Las estadísticas del Banco de Guatemala no indican todos estos impactos, ni reflejan el empobrecimiento que se está provocando a las comunidades locales y a los ecosistemas marino costeros de Guatemala. De no actuarse pronto y de forma escrupulosa en la revisión en profundidad del cultivo de camarón en las costas guatemaltecas, es seguro que el caso de Champerico se va a replicar con exactitud a lo largo del tiempo en diferentes lugares. La responsabilidad de los funcionarios del Gobierno es muy alta, y de gran trascendencia social y ambiental las decisiones que se tomen al respecto. Recomendaciones Con respecto a Camarsa Cancelar de inmediato y en forma definitiva la licencia de acuicultura industrial a Camarsa, tomando como base el incumplimiento del contrato con el Ministerio de Agricultura. Revisar los límites de la finca propiedad de la camaronera, con el fin de establecer si está ocupando tierras del Estado, en cuyo caso deben ser devueltas inmediatamente. Hacer una evaluación, según estima la Ley Forestal, de la cantidad del mangle cortado, el cambio de uso del suelo en el ecosistema y los daños provocados al mismo. Exigir a la empresa la restauración del ecosistema afectado e iniciar las acciones legales oportunas. Realizar una evaluación de los daños causados a las aguas del estero, la contaminación por hidrocarburos, materia orgánica y otros elementos, y tomar las disposiciones legales oportunas. Exigir a la empresa la reparación de los daños causados. Iniciar una investigación sobre los abusos cometidos por los empleados de seguridad de la compañía e iniciar las acciones legales oportunas. Con respecto a la actividad camaronera en Champerico En el caso de Gracamsa, iniciar las acciones legales pertinentes por la desecación del estero Laguna Grande y cancelarle la licencia por violación de las leyes de Guatemala. Revisar e investigar en profundidad, con la participación de los habitantes de Champerico, todos los lugares de la zona en donde se está realizando camaronicultura industrial. A las empresas que hayan causado daños al ambiente o que hayan violado alguna norma contractual o legal se les debe cancelar la licencia y exigir la reparación total de los daños causados. Con respecto a los funcionarios e instituciones del estado involucradas Destituir a las personas del Ministerio de Agricultura que resulten responsables de haber incumplido con su obligación de monitorear las actividades de la industria camaronera en Champerico. Destituir al viceministro de Agricultura por falsear datos en el dictamen realizado en relación a Camarsa. Por haber incumplido su obligación de hacer una investigación profunda del caso antes de emitirlo, y remover, de esta forma, los ánimos de la población de Champerico. Asegurar que el Ministro del Ambiente va a tomar cartas personales en la dirección de la investigación en profundidad de las irregularidades ambientales en que están incurriendo las camaroneras en Champerico y el resto de Guatemala. Investigar y depurar responsabilidades por la incomparecencia del Ministerio del Ambiente en Champerico, a pesar de las noticias de prensa y las llamadas que se le hicieron. Investigar la posición que ocupa el señor Alin de la Cruz y exigirle responsabilidades porque, conociendo el caso personalmente, decidió no actuar. Investigar y depurar responsabilidades en el Instituto Nacional de Bosques, por no haber cumplido con su obligación legal de investigar las denuncias recogidas en la prensa por la tala de manglar en las instalaciones de Camarsa.
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