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PERU

 

El pueblo ya decidió! La minería en el Quilish, NO VA!
10 razones para defender el Cerro Quilish

1. Del Cerro Quilish nacen los ríos Porcón y Grande, que aportan el 70 %
del agua a la población de Cajamarca de cerca de 140 mil habitantes y a
las actividades agrícolas de cerca de 15 mil campesinos ubicados en los
alrededores.

2. El Quilish, que representa la cabecera de cuenca de estos ríos, además
de ser una esponja de agua de suaves pendientes, posee pastos naturales y
restos de los pocos bosques nativos de la región; además posee un alto
valor económico, ya que es un lugar de extensa ganadería, pastoreo,
recreación, y sitio de cultivos de gramíneas como la quinua y canihua,
algunas variedades de papas, y constituyen un lugar ideal para la
domesticación de otras especies agrícolas, como la conocida Maca, muchos
de estos cultivos desde épocas prehispánicas. Además es lugar de
conservación de animales en vías de extinción como zorros andinos,
zarigüeyas, cernícalos, búhos, sapos andinos, entre otros.

3. El agua es un derecho humano fundamental e inalienable. Debe ser
protegido de las actividades contaminantes siendo necesario su manejo
integral.

4. El Agua corre por sistemas hídricos interconectados, este elemento
vital si es contaminado en cualquier punto de su camino la red o sistema
hídrico se vería afectado. Cualquier contaminación o cambio de rumbo de
los flujos de agua podría afectar seriamente el abastecimiento de agua
pura para los cajamarquinos.

5. La Empresa Municipal Prestadora de servicios de agua de Cajamarca ha
responsabilizado a Minera Yanacocha, en el año 2001, por la contaminación
del agua destinada al consumo humano en la ciudad de Cajamarca, a raíz de
la explotación del cerro La Quinua, área cercana al Cerro Quilish. A causa
de ello, se ha provocado el incremento de los gastos adicionales que
comporta el tratamiento del agua, costos que están siendo asumidos por los
consumidores a través de la facturación mensual.

6. La minería de oro ha sido cuestionada internacionalmente por ser una de
las industrias más contaminantes del mundo, por lo que los ecosistemas del
Cero Quilish se verían directamente afectados. La minería conllevaría,
además de los riesgos por los impactos de esta actividad extractiva, la
inestabilidad de los ecosistemas andinos del Cerro Quilish y la alteración
de su rol en el ciclo hidrológico de la región cajamarquina.

7. El Cerro Quilish está protegido bajo las siguientes medidas
administrativas y de hecho:

- el 5 de octubre del 2000, la Municipalidad de Cajamarca expidió la
Ordenanza Municipal 012-2000-CMPC, declarando como Zona Reservada
Municipal al cerro Quilish y las microcuencas de los ríos Quilish, Porcón
y Grande. Esta ordenanza claramente estipula que su violación estaría
sancionada de acuerdo al Código de Medio Ambiente de Perú.

- El 26 de septiembre del 2001, el 1º Juzgado Civil de Cajamarca se
pronunció respecto a la acción de amparo interpuesta por la empresa frente
a la OM 012-2000-CMPC, considerándola improcedente.

- El 16 de noviembre del 2001, la Mesa de Diálogo del CTAR de Cajamarca
declara la intangibilidad de los acuíferos, dictando el Acuerdo N° 6 que
reza: "Las partes coinciden en el respeto, protección y
garantía de los acuíferos y sus fuentes naturales, en su cantidad y
calidad que abastecen y abastecerán a la población de Cajamarca. El
aprovechamiento de éstas áreas deberán respetar la legislación vigente"

- El 15 de julio del 2002, las autoridades, organizaciones e instituciones
publicas y privadas de la sociedad civil de Cajamarca en asamblea dictaron
el siguiente pronunciamiento: "Jamás habrá por parte del pueblo de
Cajamarca la licencia social para permitir la explotación del Cerro
Quilish, en tal sentido pedimos se promulgue el Decreto Supremo que
declare esta zona natural protegida".

- En octubre del 2002 el acuerdo de Gobernabilidad y Descentralización
Regional promovido por la Mesa Regional de Lucha Contra la Pobreza, fue
firmado por todos los candidatos de ese año electoral y allí se declaraba
también la intangibilidad del Cerro Quilish.

- En abril del 2003 las autoridades del gobierno regional emitieron la
Resolución 007-2003-GRCAJ-CR declarando como Zona Reservada y Protegida
por el Gobierno Regional Cajamarca, al "Cerro Quilish" y las Microcuencas
de los ríos Quilish, Porcón y Grande, estableciéndose a través de las
instancias administrativas los mecanismos de coordinación con el Consejo
Provincial de Cajamarca y la sociedad civil organizada

- Resolución Directoral nº 427-2004-MEM/AAM del 16 de septiembre del 2004,
que deja sin eficacia la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº
361-2004-MEM/AAM, a fin de viabilizar los considerandos de esta
Resolución.

8. El ejercicio del bien privado no puede sobreponerse al bien público, el
derecho común debe primar por sobre el derecho privado. Sobre este último
se encuentra el derecho a la calidad de vida, que es un derecho que es un
derecho colectivo, que no pertenece a una persona o grupo, sino a todos
los ciudadanos en su conjunto.

9. La constitución indica la obligación del Estado de promover la
conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas. Esto no significa que recaiga en el Gobierno Central, este
derecho constitucional puede ser ejercido por los gobiernos locales y por
la ciudadanía en defensa de sus intereses.

10. La población cajamarquina ha ejercido su derecho ciudadano, al haber
decidido sobre el uso de los recursos naturales de la región de Cajamarca,
en particular de los que ubicados en el Cerro Quilish, que son más que
cualquier mineral en el subsuelo.

Comite de Solidaridad con Cajamarca
Lima, 17 de septiembre del 2004

 

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