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Árboles Genéticamente Modificados

 

 

COP 8 - Decision VIII/19 - Curitiba, Marzo 2006

Diversidad biológica forestal: aplicación del programa de trabajo

(párrafos relevantes sobre Árboles GM)

Reconociendo las inexactitudes relacionadas con los impactos ambientales y socioeconómicos potenciales, incluyendo los impactos a largo plazo y los transfronterizos, de árboles modificados genéticamente sobre la diversidad biológica de los bosques a nivel global, así como los medios de subsistencia de las comunidades indígenas y locales, y dada la ausencia de datos confiables y de la capacidad en algunos países para llevar a cabo evaluaciones de riesgo y evaluar esos posibles impactos,


1. Instruye al Secretario Ejecutivo a que continúe con sus compromisos con la Asociación de Colaboración en materia de Bosques,

2. Recomienda a las Partes adoptar enfoques de precaución al tratar la cuestión de los árboles genéticamente modificados,

3. Pide al Secretario Ejecutivo que recopile y ordene la información existente, incluida la literatura publicada revisada por colegas, con la finalidad de permitir al OSACTT examinar y evaluar los posibles impactos ambientales, culturales y socioeconómico de los árboles modificados genéticamente en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica forestal e informe a la novena reunión de la Conferencia de las Partes;,

4. Invita a las Partes, otros Gobiernos y organizaciones pertinentes, incluidas las comunidades indígenas y locales, así como a los interesados directos pertinentes, a ofrecer opiniones e información pertinente a la Secretaría para su inclusión en la evaluación,

Fuente: http://www.biodiv.org/decisions/default.aspx?m=COP-08&id=11033&lg=0

 

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