Los Batwa y el Parque Nacional Kahuzi-Biega en la RDC: ¿Ayudará la nueva ley sobre Pueblos Indígenas a que los Batwa recuperen sus tierras?

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Casa Batwa quemada. Foto: Minority Rights Group

El Pueblo Indígena Batwa vio cómo sus tierras ancestrales fueron expropiadas tras la creación del Parque Nacional Kahuzi-Biega (PNKB) en la República Democrática del Congo (RDC). En este proceso, los Batwa se enfrentaron a las peores atrocidades y violaciones de sus derechos colectivos e individuales. Su violenta expulsión contó con el apoyo de donantes internacionales (fondos de Alemania y Estados Unidos, entre otros) y ONG conservacionistas (como la Wildlife Conservation Society - WCS), que reforzaron practicas coloniales y racistas con respecto a los Batwa.

En 2022, el gobierno de la RDC aprobó una nueva ley sobre la protección de los derechos de los Pueblos Indígenas. ¿Servirá de algo esta ley a los Batwa en su lucha por recuperar sus tierras?

Introducción

La República Democrática del Congo (RDC) cuenta con la mayor red de áreas protegidas de todo el continente africano. Esta red cubre el 11,7% del territorio nacional (1). Los Pueblos Indígenas y sus diversos bosques han vivido en interdependencia durante siglos. Sin embrago, nunca la situación de estos pueblos y, por tanto, de sus bosques, ha sido tan precaria como hoy (2).

El Parque Nacional Kahuzi-Biega (PNKB) está situado próximo a la ribera occidental del lago Kivu y de la frontera con Ruanda, en la RDC. Creado en 1970 por las autoridades coloniales belgas, la designación de este parque tuvo como consecuencia la privación del Pueblo Indígena Batwa al acceso a sus tierras ancestrales. Kahuzi-Biega es uno de los parques nacionales más grandes del país.

En el PNKB, así como en otras áreas protegidas gestionadas por el Estado, la conservación de la naturaleza ha sido indudablemente un proyecto violento y colonial que debe ser cuestionado enérgicamente. Por más de cuatro décadas, la lucha de los Batwa ha estado esencialmente vinculada a la recuperación de sus tierras ancestrales y al acceso a los boques y recursos naturales del PNKB. Los intentos de varias organizaciones que apoyan a los Batwa que siguen en el interior del PNKB por responder a esta crisis han resultado inútiles. En 2006, el Centro de acompañamiento a pueblos indígenas y minorías vulnerables (CAMV, por su sigla en francés) inició una enorme campaña, buscando el diálogo y la reconciliación entre los Batwa expulsados de sus tierras ancestrales con las autoridades del Parque Nacional Kahuzi-Biega. Pero este proceso, que culminó con la firma de una hoja de ruta, tampoco tuvo éxito. Paralelamente, la organización Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo (ERND, por su sigla en francés) emprendió acciones legales por la misma causa contra el Estado congoleño, representado por el ICCN (la Agencia Nacional de Áreas Protegidas congoleña) y el PNKB. Pero esta acción tampoco tuvo éxito.

Así, en octubre de 2018, indignados por los ciclos de promesas incumplidas por el Gobierno congoleño y dada su situación de extrema pobreza, algunos Batwa decidieron regresar voluntariamente a sus tierras ancestrales, dentro del Parque Nacional Kahuzi-Biega, a pesar de las restricciones legales vigentes en la RDC. En 2019, se organizó otro diálogo en un intento infructuoso de convencer a los Batwa de que abandonaran el parque.

Tras el fracaso de estos procesos, la estructura paramilitar del PNKB, en coordinación con el ejército congoleño, llevó a cabo actos de violencia organizada a gran escala contra el Pueblo Indígena Batwa que vivía en sus tierras ancestrales dentro del parque. Esta violencia organizada comenzó en 2019 y continúa hasta el día de hoy. La ONG Minority Rights Group logró obtener pruebas sobre torturas sistemáticas, asesinatos - incluso de niños y niñas, y violaciones colectivas de al menos 15 mujeres Batwa por parte de guardaparques y soldados, durante las operaciones de julio y noviembre-diciembre de 2021. Los ataques documentados por esta ONG “representan graves violaciones del derecho internacional y nacional y pueden constituir crímenes contra la humanidad. Los ataques fueron bien planificados, estuvieron dirigidos contra poblaciones civiles, se expandieron geográficamente y fueron sistemáticos, sirvieron a una política de Estado e implicaron crímenes como el asesinato, la violación y la persecución.” (3)

Esta violencia sistemática recibió el apoyo financiero crucial de socios internacionales, a pesar de tener conocimiento sobre las violaciones de derechos humanos cometidos por los guardaparques a los que apoyan. La unidad paramilitar del PNKB ha recibido apoyo sustancial de los gobiernos de Alemania y Estados Unidos, así como de organizaciones conservacionistas como la Wildlife Conservation Society (WCS), fomentado un enfoque intrínsecamente militarizado de la conservación. En 2022, la WCS firmó una asociación público-privada para co-gestionar el PNKB junto con la Agencia Nacional de Áreas Protegidas (ICCN) del gobierno de la RDC (4). Al mismo tiempo, el parque está abierto para, y siendo “explotado” por, numerosas agencias de turismo de safaris, lo que pone de manifiesto los interés para que el parque “no tenga perturbaciones”.

En 2022, por medio de la promulgación de la ley sobre protección y promoción de los derechos de los Pueblos Indígenas Pigmeos (PAP), el gobierno congoleño reconoció finalmente el derecho de éstos a su tierra y a los recursos naturales que contiene. Este artículo busca reflexionar sobre el derecho a la tierra y a los recursos naturales de los Pueblos indígenas consagrados en el capítulo 5 de la citada ley, a la luz del caso del PNKB. La cuestión principal es entender si esta ley podrá ayudar a los Batwa a recuperar las tierras que les fueron robadas por el PNKB.

Para comprender plenamente esta problemática, este artículo se centrará en tres puntos clave. El primero ofrece una breve mirada sobre los fundamentos históricos y jurídicos del derecho de los Pueblos Indígenas a la tierra y los recursos naturales en la RDC. El segundo presenta un análisis sucinto del derecho de los Batwa a la tierra y los recursos naturales en el contexto del PNKB. Y el tercero detalla las enseñanzas que pueden extraerse del análisis de dicha Ley.

Breve mirada de los fundamentos históricos y jurídicos del derecho de los Batwa a la tierra y a los recursos naturales

Fundamento histórico. Los Batwa son ampliamente reconocidos como Pueblos Indígenas y considerados los primeros habitantes de la RDC, tanto por el Estado congoleño como por las demás comunidades (5).

El Pueblo Batwa tiene sus orígenes en los bosques que rodean los montes Kahuzi y Biega, dos volcanes extintos de los que el parque toma su nombre. Los Batwa mantienen estrechos vínculos con sus territorios ancestrales. Durante milenios vivieron en armonía con el bosque, su entorno natural, hasta que, en 1937, el poder colonial crea la “Reserva Zoológica y Forestal del Monte Kahuzi”, una pequeña reserva natural que se amplió en 1951 para abarcar 60 mil hectáreas de bosque en el territorio ancestral de los Batwa. Pocos años después de la independencia de la RDC, el gobierno clasificó y amplió esta zona para convertirla en un parque nacional, creando así el Parque Nacional de Kahuzi-Biega - PNKB.

Posteriormente, lo que era una zona protegida de 60 mil hectáreas pasó a tener 600 mil hectáreas. Esta ampliación del PNKB implicó actos de brutalidad y barbarie (desalojo de viviendas, humillaciones y flagelaciones, confiscación o destrucción malintencionada de sus enseres domésticos, etc.), sin ninguna consulta previa, consentimiento libre ni indemnización a los Batwa. Esto sigue siendo la causa del desequilibrio del modo de vida de los Batwa. Se estima que entre 3 mil y 6 mil Batwa (580 familias) han sido desposeídos de sus tierras ancestrales para dar paso al PNKB (6).

Fundamento jurídico. La estatización de la tierra también contribuyó en gran medida a despojar a los Batwa de toda propiedad territorial (7). La Constitución de la RDC de febrero de 2006, en su versión modificada al día de hoy, establece en su artículo 9 que “el Estado ejerce la soberanía permanente en particular sobre la tierra (...)”, lo que se repite explícitamente en el artículo 53 de la Ley de Tierras.

No obstante, cabe señalar que cuando el artículo 387 de la Ley de Tierras establece que “las tierras ocupadas por las comunidades locales pasan a ser (...) tierras del Estado”, esto no significa en absoluto que estas comunidades dejen de tener derecho de propiedad sobre las tierras a las que están tradicionalmente vinculadas. Ante todo, hay que señalar que la Constitución de 2006, en su artículo 34, garantiza el derecho sobre el bien (o el derecho de propiedad en sentido amplio) adquirido según la costumbre. Además, dicha Constitución en su artículo 153 hace de la costumbre una de las fuentes del derecho, en el sentido de que puede ser aplicada por las cortes y tribunales siempre que no sea contraria al orden público y a las buenas costumbres.

Incluso, además de la Ley de 2022 relativa a la protección y promoción de los derechos de los Pueblos Indígenas, otras legislaciones desarrolladas en los últimos años también garantizan el respeto por los derechos de las comunidades locales, incluidos los Pueblos Indígenas, en materia de tierras y bosques. Se trata, sin ser exhaustivos, de la Ley relativa al Código Forestal de 2022. También existe la Ley n.º 11/022 de 2011 sobre los principios fundamentales sobre la agricultura. Asimismo, cabe mencionar la Ley n.º 14/003 de 2014 sobre la preservación de la naturaleza. Claramente, esta ley marca una evolución a favor del reconocimiento de los derechos consuetudinarios sobre la tierra y del papel positivo que pueden desempeñar las comunidades locales en materia de conservación. A la espera del resultado de la reforma agraria actualmente en curso, se han registrado otras iniciativas normativas interesantes. Principalmente, el decreto n.º 14/018 de 2014, que establece los términos y condiciones para la asignación de concesiones de bosque a las comunidades locales. Por otra parte, además de su legislación interna, cada vez más abundante, la RDC tiene la obligación de implementar los diversos instrumentos internacionales específicos relativos a la promoción de los derechos de los Pueblos Indígenas a los que se ha adherido libremente.

El derecho de los Pueblos Indígenas a territorios ancestrales en el contexto del PNKB

A primera vista, un análisis del artículo 42 de la Ley de 2022 sobre los derechos de los Pueblos Indígenas muestra que el legislador congoleño ha ignorado implícitamente la problemática de los derechos de goce (por no hablar de los derechos de propiedad) de los Batwa, adquiridos regularmente sobre sus tierras/bosques tradicionales considerados como zonas protegidas.

De hecho, esta disposición expresa más bien el derecho general de los Batwa a las tierras y a los bosques que poseen actualmente y no a las tierras y a los bosques que ocuparon, utilizaron o poseyeron en el pasado y que se habrían catalogado como área de conservación o que se concederían a particulares. La Ley de 2014 sobre la conservación de la naturaleza es el único instrumento jurídico que define las medidas de conservación y de uso de los recursos naturales en las áreas protegidas. Y en virtud de esta ley, está prohibida la adquisición de cualquier derecho de propiedad individual o colectiva en las áreas protegidas. Sin embargo, la ley de 2014 prevé algunas excepciones a las medidas de conservación en materia de acceso a los recursos naturales. Esto se hace especialmente en interés de la salud y la seguridad pública, así como de la seguridad alimentaria de las personas que viven cerca de las áreas protegidas.

El análisis de la ley de 2022 sobre la protección y promoción de los derechos de los Pueblos indígenas muestra, a la luz del caso de los Batwa del PNKB, que:

1. El derecho de los Batwa a la tierra y a los recursos naturales consagrado en dicha ley no se aplica a las tierras tradicionales que han sido concedidas a particulares y/o a las áreas que han sido tipificadas como áreas protegidas. En el caso de las tierras ancestrales de los Batwa tipificadas como áreas protegidas (por ejemplo, los bosques del PNKB), la única forma de que los Batwa recuperen sus tierras sería desmantelar una parte o la totalidad del PNKB para permitir que los Batwa ocupen y utilicen plenamente los bosques que contiene. ¿Por qué desmantelarlo? Porque el PNKB se ha convertido en un bien público (área protegida) que no se puede ceder ni vender.

2. La ley no hace ninguna mención a la reparación de las injusticias históricas de las que han sido víctimas los Pueblos Indígenas tras su expulsión de sus tierras ancestrales. El legislador debería al menos haber hecho referencia a esta problemática, basándose en el derecho consuetudinario internacional que le ofrece a los Pueblos Indígenas la posibilidad de exigir la restitución (de acuerdo con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas) de sus tierras y a una compensación por las pérdidas sufridas.

3. Por último, esta ley reconoce, no obstante, el importante papel que deben desempeñar las comunidades locales y los Pueblos Indígenas en la conservación de la naturaleza.

Conclusión

Este análisis ha demostrado incuestionablemente que los Pueblos Batwa del PNKB se enfrentan a un problema de inaccesibilidad a sus tierras y bosques. Su expulsión de esta área protegida es la principal razón de la disminución de sus derechos sobre sus tierras tradicionales.  

Los derechos sobre la tierra y los recursos naturales consagrados en el artículo 42 de la ley de 2022 no se aplican a las zonas de conservación que son de dominio público o privado. Esta ley no concede explícitamente a los Pueblos Indígenas ninguna prerrogativa subsidiaria sobre las áreas protegidas más allá de lo previsto en la ley relativa a la conservación de la naturaleza. En consecuencia, se plantean dos problemas esenciales, a saber: los derechos de los Batwa sobre sus tierras tradicionales que han sido categorizadas como áreas de conservación y, por extensión, la reparación de las injusticias históricas de las que fueron víctimas como consecuencia de su desalojo.

No obstante, esta ley podría suponer un avance significativo en el reconocimiento legal de los Pueblos Indígenas como propietarios y titulares de derechos asignados a áreas de bosque. También es una herramienta para hacer valer estos derechos. A futuro, la aplicación de esta ley es central y, sobre todo, la adopción de sus medidas de ejecución.

Asimismo, se debe completar la reforma agraria en curso, que incluye entre sus objetivos los intereses de los Pueblos Indígenas. La Ley de Tierras de 1973 dejó sin resolver el tema de las tierras de las comunidades indígenas (comunidades tradicionales), que debería resolverse por decreto presidencial. Se espera que esta cuestión se resuelva finalmente para aclarar los derechos de propiedad de la tierra de las comunidades indígenas en la RDC.

Franklin Bombwe, investigador adjunto en la Facultad de Derecho de la Universidad Oficial de Bukavu, RDC

(1) Instituto congoleño para la conservación de la naturaleza (ICCN), 2009. Plan general de gestión, 2009-2019, Parque Nacional de Kahuzi-Biega.
(2) IUCN, 2016. Derechos sobre la tierra y conservación de la naturaleza en la RDC, informe
(3) Minority Rights Group International (MRG) 2022. Depuración del bosque mediante la violencia organizada contra los Batwa en el Parque Nacional Kahuzi-Biega, informe de abril
(4) https://www.wcs.org/our-work/regions/central-africa-gulf-of-guinea/kahuzi-biega
(5) Kwokwo Burume, A., 2003. ¿En vías de desaparecer? Los derechos de los indígenas en África: el caso de los Twa del Parque Nacional Kahuzi-Biega en la República Democrática del Congo, 1ª edición, IWGIA.
(6) Ídem
(7) Consorcio UCB-UEA, 2021. Análisis de la dinámica de los conflictos en torno al Parque Nacional Kahuzi-Biega (PNKB), perspectivas de cohabitación pacífica entre el PNKB, los Pueblos Indígenas Pigmeos y otras comunidades ribereñas, Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID)